En El tema pasado tocamos el pequeño análisis de una película llamada "Más allá de las fronteras" sin embargo no pusimos en relación cuales eran los códigos de conducta a los cuales nos referíamos por tal razón las mencionaremos aquí =]
La Carta Humanitaria
La Carta Humanitaria expresa el compromiso asumido por esos
organismos de acatar dichos principios y velar por el cumplimiento delas Normas
mínimas. Este compromiso se basa en el reconocimiento por los organismos
humanitarios de sus propias obligaciones éticas, y refleja los derechos y
deberes consagrados en el derecho internacional, respecto del cual los Estados
y otras partes han contraído obligaciones.
La Carta centra la atención en las exigencias fundamentales
que entraña la acción destinada a sustentar la vida y la dignidad de las
personas afectadas por calamidades o conflictos. Por su parte, las Normas
mínimas que acompañan la Carta tienen por objeto cuantificar esas exigencias
por lo que respecta a las necesidades de las personas en materia de agua, saneamiento,
nutrición, alimentos, refugio y servicios sanitarios. En conjunto, ambos
instrumentos conforman un marco operativo para la rendición de cuentas respecto
a las actividades de asistencia humanitaria.
Principios:
El derecho a vivir con dignidad: Este derecho está inscrito
en las disposiciones jurídicas relativas al derecho a la vida, a un nivel de
vida decoroso y a la protección contra penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes.
La distinción entre combatiente y no combatiente: El hecho
de que a menudo se aluda a conflictos internos atribuyéndoles el carácter de
“guerra civil” no debe hacernos olvidar la necesidad de distinguir entre
quienes participan activamente en las hostilidades, y los elementos civiles y
otras personas (incluidos los enfermos, heridos y prisioneros) que no
intervienen directamente en ellas. En virtud del derecho internacional
humanitario, los no combatientes tienen derecho a protección y deben gozar de
inmunidad contra los ataques.
El principio de no devolución: Ningún refugiado podrá ser
enviado o devuelto a un país en donde su vida o su libertad pueda estar en
peligro por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado
grupo social u opiniones políticas, o cuando haya razones fundadas para creer que
pueda correr peligro de ser sometido a tortura.
Código de Conducta
Normas de conducta para el Movimiento Internacional de la
Cruz Roja y de la Media Luna Roja y las organizaciones no gubernamentales en
programas motivados por catástrofes
1.Lo primero es el deber humanitario:
El derecho a recibir y a brindar asistencia humanitaria
constituye un principio humanitario fundamental que asiste a todo ciudadano en
todo país. En calidad de miembros de la comunidad internacional reconocemos
nuestra obligación de prestar asistencia humanitaria doquiera sea necesaria. De
ahí, la trascendental importancia del libre acceso a las poblaciones afectadas
en el cumplimiento de esa responsabilidad.
2. La ayuda prestada no está condicionada por raza, el credo
o la nacionalidad de los beneficiarios ninguna otra índole adversa. El orden de
la prioridad de la asistencia se establece únicamente en función a las
necesidades:
Siempre que sea posible, la prestación de socorro deberá
fundamentarse en una estimación minuciosa de las necesidades de las víctimas de
las catástrofes y de la capacidad de hacer frente a esas necesidades con los
medios disponibles locamente.
El sufrimiento humano debe aliviarse en donde quiera que
exista; la vida tiene tanto valor en una parte del país, como en cualquier
otra. Por consiguiente, la asistencia que prestemos guardará consonancia con el
sufrimiento que se propone mitigar.
Al aplicar este enfoque, reconocemos la función capital que
desempeñan las mujeres en las comunidades expuestas a catástrofes, y velaremos
porque en nuestros programas de ayuda se apoye esa función, sin restarle
importancia.
3.La ayuda no se utilizará para favorecer una determinada
opinión política o religiosa:
La ayuda humanitaria se brindará de acuerdo con las
necesidades de los individuos, las familias y las comunidades.
Independientemente del derecho de filiación política o religiosa que asiste a
toda organización no gubernamental de carácter humanitario, afirmamos que la
ayuda que prestemos no obliga en modo alguno a los beneficiarios a suscribir
esos puntos de vista.
4. Nos empeñaremos en no actuar como instrumentos de
política exterior gubernamental:
Las organizaciones no gubernamentales de carácter
humanitario son organizaciones que actúan con independencia de los gobiernos.
5. Respetaremos la
cultura y las costumbres locales:
Nos empeñaremos en respetar la cultura, las estructuras y
las costumbres de las comunidades y los países en donde ejecutemos actividades.
6. Trataremos de fomentar la capacidad para hacer frente a
catástrofes utilizando las aptitudes y los medios disponibles a nivel local:
Todas las personas y las comunidades poseen aptitudes.
Siempre que sea posible, trataremos de fortalecer esos medios y aptitudes
empleando a personal local, comprando materiales sobre el terreno y negociando
con empresas nacionales. Siempre que sea posible, propiciaremos la asociación
con organizaciones no gubernamentales locales de carácter humanitario.
7. Se buscará la forma de hacer participar a los
beneficiarios de programas en la administración de la ayuda de socorro:
Nunca debe imponerse a los beneficiarios la asistencia
motivada por un desastre. El socorro será más eficaz y la rehabilitación
duradera podrá lograrse en mejores condiciones cuando los destinatarios
participen plenamente en la elaboración, la gestión y la ejecución del programa
de asistencia.
8. La ayuda de socorro tendrá por finalidad satisfacer las
necesidades básicas y, además, tratar de reducir en el futuro la vulnerabilidad
ante los desastres:
Todas las operaciones de socorro influyen en el desarrollo a
largo plazo, ya sea en sentido positivo o negativo. Teniendo esto presente,
trataremos de llevar a cabo programas de socorro que reduzcan de modo concreto
la vulnerabilidad de los beneficiarios ante futuros desastres y contribuyan a
crear modos de vida sostenibles.
9. Somos responsables ante aquellos a quienes tratamos de
ayudar y ante las personas o las instituciones de las que aceptamos recursos:
En nuestras relaciones con los donantes y con los
beneficiarios hemos de observar siempre una actitud orientada hacia la apertura
y la transparencia.
Nos esforzaremos también por informar de manera veraz acerca
de las repercusiones de nuestra labor y de los factores que las limitan o
acentúan.
10. En nuestras actividades de información, publicidad y
propaganda, reconoceremos a las víctimas de desastres como seres humanos dignos
y no como objetos que inspiran compasión:
Nunca debe perderse el respeto por las víctimas de los
desastres, que deben ser consideradas como asociados en pie de igualdad. Al
informar al público, deberemos presentar una imagen objetiva de la situación de
desastre y poner de relieve las aptitudes y aspiraciones de las víctimas y no
sencillamente su vulnerabilidad y sus temores.
by
KRAD Setiembre 2013
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